Puede que estos términos sean confundidos entre sí, pero en realidad no son lo mismo. A continuación te damos a conocer el Concepto de cada término y sus principales diferencias.
¿Qué es Denuncia?
Denuncia es la declaración de conocimiento de una persona que ha conocido la presunta comisión acerca de un hecho delictivo público. En otras palabras es una declaración de conocimiento antiformalista, necesitando a una persona identificada al no permitir denuncias anónimas.
Además es una obligación que afecta a delitos públicos. Todo el que presenta la comisión de un delito público se encuentra obligado a denunciarlo. Existiendo consideraciones especiales, existiendo personas que tienen un deber especial de denunciar y otras que están exentas.
Dentro de los exentos de denunciar encontramos:
- Cónyuge del delincuente.
- Impúberes o los que tengan peno uso de razón.
- Ascendientes y descendientes del delincuente, también colaterales hasta 2° grado.
- Abogados y procuradores con relación a sus clientes.
- Eclesiásticos y ministros de culto si tienen noticias por una función de ministerio.
Cuando se presenta, es importante conocer que el denunciante se hace parte en el proceso posterior, siendo un tercero, por lo que el juez investigará la credibilidad del denunciante.
¿Qué es Querella?
Se conoce como un acto procesal complejo, ya solo se interponer de forma escrita y ante el juez competente. Por lo tanto conlleva muchas formalidades al contener la declaración de conocimiento y una manifestación de voluntad.
Dicha manifestación de voluntad implica que el querellante desea personarse en el procedimiento como parte acusadora, necesitando un abogado y procurador.
Quienes pueden querellarse esta el Ministerio fiscal, personas físicas y personas jurídicas ofendidas o perjudicadas. Siendo importante que al acusador popular se le exija una fianza para querellarse, con el fin de resarcir los daños y perjuicios que se pueden ocasionar, la cual se determina por un juez.
Una querella es establecida por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, incluyendo la identificación del querellante y del querellado, relación de los hechos y una especia de demanda.
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Diferencias entre Denuncia y Querella
- Una denuncia se presenta ante cualquier institución cuando la finalidad es poner en conocimiento de los jueves la comisión del hecho delictivo, por ejemplo en una comisaría.
- Querellarse no es una obligación como ocurre con la denuncia, sino una potestad. Abarcando delitos públicos y los que deben ser perseguidos a instancia de parte.
- Debido al formalismo de la querella se deben presentar una serie de documentos, diferenciándola de la denuncia, ya que no debe faltar nada en absoluto.